Histórico: Google deberá eliminar una web en la que se acusaba a un músico de abuso sexual

La demanda fue presentada por el abogado de Morón, Germán Navas.

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En una importante decisión, el Juzgado Civil y Comercial Federal N° 8 dictó sentencia a favor de un músico argentino en el marco de una acción de habeas data presentada contra la empresa Google. La demanda fue presentada por el abogado Germán Navas, director del Instituto de Protección de Datos Personales del Colegio de Abogados de Morón.

La resolución ordena al buscador eliminar y bloquear una URL, la cual contenía información falsa y difamatoria en perjuicio del músico, afectando gravemente su honor y trayectoria profesional. “Es un fallo poco habitual, pero justo de acuerdo a nuestra forma de entender el proceso y sobre todo porque se condena a un gigante como Google”, resumió el letrado en diálogo con No Ficción Web.

Navas describió que el músico “se enteró por una tercera persona que su nombre aparecía en un buscador asociado a una situación de abuso sexual. Cada vez que alguien introducía su nombre aparecía eso, cuando él, por supuesto, que negó esa situación”. 

“De hecho -continuó el abogado-, el joven probó ante la justicia que él no cometió el abuso que se describía. Además, no tenía denuncias penales, ni ningún tipo de antecedente. Entonces, se solicitó a Google que cada vez que alguien introducía su nombre no aparezca esa página a la que se lo vinculaba como posible comitente de un delito”. Esto, que debería ser un trámite sencillo, terminó en una pesadilla de más de dos años.

Primero, se intimó a través de cartas documento al emporio tecnológico. La respuesta fue que Google no podía hacerlo en virtud del principio de la libertad de expresión. “Así fue que debimos judicializarlo. Después de dos años y medio de juicio, el juzgado entendió que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto y que se hizo un uso abusivo y desmedido toda vez que estaba dañando la integridad, el buen nombre, la dignidad y la reputación de una persona con una carrera musical como la de este hombre”, concluyó Navas.

A pesar de que Google argumentó que no tenía responsabilidad directa sobre el contenido, el tribunal determinó que el buscador tenía la obligación de bloquearlo tras ser notificado. La sentencia subraya que la libertad de expresión no puede utilizarse para justificar la difusión de contenidos falsos que dañen el honor y la privacidad de las personas, estableciendo un importante precedente en la protección de los derechos individuales en Internet.

Google cuenta con un plazo de diez días para cumplir con la sentencia, que marca un hito en la defensa de la privacidad y el buen nombre de los ciudadanos.

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