Jorge Enrique González Nieva, el hombre que está preso desde hace casi 14 años por el crimen de una mujer en una salidera bancaria en Merlo y que hoy fue absuelto por la Corte Suprema de Justicia, aseguró estar “shockeado” por la decisión judicial, ya que había perdido “las esperanzas” de que se revirtiera su situación porque el juicio en el que lo habían condenado a 25 años de cárcel fue un “mamarracho”.
“No pensaba que este momento podía llegar”, afirmó el hombre de 55 años que en 2010 había sido condenado por el homicidio de Analía Bibiana Aguerre, de 43 años, y que pasó por al menos nueve cárceles de la provincia, aunque actualmente se hallaba con arresto domiciliario.
González Nieva, quien al momento del hecho en mayo de 2006 trabajaba como taxista, destacó el apoyo que judicialmente le brindó la ONG Innocent Proyect y Amnistía Internacional, al tiempo que también tuvo la “contención” de toda su familia.
“No fue que no me creyeron, esto estaba todo orquestado para dejarme detenido, el juicio fue un mamarracho porque no sabían cómo había llegado al banquillo pero igualmente me condenaron a 25 años”, criticó respecto al proceso que padeció durante estos años.
El hombre dijo que cuando Innocent Proyect entrevistó al testigo que supuestamente lo había señalado por el crimen respondió que “nunca” lo reconoció “ni por foto ni personalmente” y que en el reconocimiento fotográfico no sabía si era su firma porque es “una persona analfabeta”.
“O sea fue todo armado para dejarme detenido”, añadió González Nieva, quien aseguró estar “disfrutando este momento” tras haber estado los últimos años “encerrado en un penal con un muro de seis o siete metros de alto y no veía el exterior”.
Recién el año pasado al ser beneficiado con un arresto domiciliario pude ver “la calle” pero sin tener contacto con el exterior. “Ahora me tengo que aventurar a conseguir un trabajo y readaptarme”, concluyó González Nieva.
LA CORTE
La Corte Suprema entendió que el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Morón que lo condenó, se dictó desconociendo “las garantías constitucionales de debido proceso, defensa en juicio y de presunción de inocencia” y que estas falencias no fueron atendidas por la Sala II del Tribunal de Casación Penal y, posteriormente, por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires al confirmarla.
Los ministros de la Corte cuestionaron uno de los elementos que fueron utilizados para condenarlo fue la identificación por fotografías del imputado por parte de un testigo del hecho que, luego, no pudo reconocerlo personalmente.
De acuerdo a la resolución, la Corte también aseguró que no existió ninguna prueba forense que vincule físicamente a González Nieva con los hechos, ni tampoco pudo establecerse su vinculación con las personas identificadas como miembros de la banda que cometió el robo.
Además, criticó que no se hubiera valorado el resultado negativo del reconocimiento en rueda de personas por parte de todos los testigos, y consideró que tanto los descargos del imputado como la prueba testimonial producida en su favor fueron descartados con argumentos inadmisibles por ser directamente contrarios a las fundamentales garantías de la presunción de inocencia y defensa en juicio.
Para la Corte, no se tuvieron en cuenta los testimonios que avalaban que, al momento de los hechos, González Nieva, quien trabajaba como taxista, se encontraba en otro lugar.
Los jueces consideraron que fue “alarmante” la existencia de “serias irregularidades” en la investigación policial y recordaron que González Nieva, que vive en Merlo, declaró ante los jueces que lo condenaron que el policía que lideró la investigación le había exigido que le entregara su taxi como coima y que su negativa había contribuido a mantenerlo imputado y detenido.
Según el fallo, al momento del debate oral, los efectivos policiales que tuvieron un rol central en la instrucción del caso se encontraban detenidos y bajo proceso por distintos hechos delictivos que involucraban la adulteración de información y la fabricación de imputaciones con fines extorsivos en el marco de sus investigaciones, incluida la de este mismo caso.
El máximo tribunal puso énfasis en que “los jueces deben velar por la legalidad de los procesos judiciales, garantizando que las sentencias no sean el producto de procedimientos irregulares o directamente ilegales”.
Al respecto, el abogado Manuel Garrido de Innocent Project AR que se constituyó como Amicus Curiae en el marco del expediente, dijo a Télam que en diciembre de 2017 el fiscal que investigó el hecho, Alejandro Jons, fue suspendido acusado de recibir dinero para beneficiar a detenidos y de armar causas con falsos abogados para quedarse con los bienes de los imputados.
Una de esas investigaciones fue la del crimen de Aguerre y el letrado afirmó que la Corte Suprema bonaerense todavía no avanzó con el jury de enjuiciamiento, por lo que el funcionario judicial continúa suspendido.
El hecho por el que había sido condenado González Nieva ocurrió el 24 de mayo de 2006, cuando Aguerre, que acababa de retirar 11 mil pesos de un banco de Morón, fue asesinada de un balazo en la cabeza por tres delincuentes que la siguieron en moto hasta su casa de Libertad, en Merlo.
El 19 de julio de ese año González Nieva fue detenido, acusado de ser el autor material del crimen de la mujer. Además del taxista, dos hombres fueron condenados por el asesinato de Aguerre, uno de los cuales también aseguraba su inocencia.