Magistrados y funcionarios judiciales de la Provincia piden que el sector sea vacunado con urgencia

A través de un comunicado, el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial bonaerense solicitó los trabajadores que brindan el servicio de justicia de manera presencial puedan tener prioridad a la hora de vacunarse.

por
por

El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires expresó su preocupación ante “la disparidad de criterios entre la prioridad que se reconoce a sostener la presencialidad en el servicio de justicia y el orden de prelación al momento de vacunar a los operadores que deben hacerla efectiva”.

En un comunicado emitido en las últimas horas, la entidad lamentó la existencia de un alto número de contagios de Covid – 19 entre las y los funcionarios y magistrados. Incluso la enfermedad se cobró “con dolorosa frecuencia” víctimas fatales, manifestaron.

Desde el Colegio indicaron que están llevando adelante todas las gestiones a su alcance para que cada una de las autoridades con poder de decisión en esta materia comprenda la necesidad de proteger a quienes han sostenido al sistema de justicia en los altos niveles de desempeño que reflejan las estadísticas oficiales de la Suprema Corte de Justicia de nuestra provincia.

En ese sentido, enumeraron cinco puntos por los cuales entienden que el reclamo es legítimo y es de suma urgencia que el sector sea escuchado.

1. Todas las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, refrendadas por la Procuración General, obligan a la apertura de cada una de las oficinas judiciales y a convocar al mínimo de empleados que resulten imprescindibles para sostener su funcionamiento. Quienes más concurren, porque así está resuelto, son las y los magistrados y funcionarios.

2. Las oficinas judiciales están ubicadas en edificios que no están preparados para la situación de pandemia y en muchos casos son peligrosos porque aglutinan gente en los pasillos, ya que se trata de casas alquiladas, predios sin ventilación ni los espacios recomendados por las autoridades sanitarias. Esto constituye un riesgo cierto, no solamente para el personal sino para todas las personas que concurren diariamente (por ejemplo, en los casos de violencia la asistencia de ciudadanos/as en busca de respuesta es numerosa y cotidiana).

3. Hay trámites que deben hacerse necesariamente de manera presencial. Por ejemplo, los fiscales deben concurrir a los lugares de los hechos, ingresar en espacios privados, cerrados o donde hay personas que pueden estar contagiadas, cadáveres, etc. El fuero de Familia atiende situaciones extremadamente sensibles y graves, que requieren la presencia de magistrados/as y funcionarios/as.

4. Los juicios orales, en muchos casos, no pueden llevarse delante de manera telemática toda vez que la litigación requiere de la presencialidad para interrogar a los testigos, por ejemplo.

5. Los términos no están suspendidos por la SCBA, lo que significa que los y las magistrados y funcionarios deben velar porque las causas se lleven delante de acuerdo a los plazos que prevé la normativa. Eso genera la obligación de concurrir. Algunas de las audiencias que podrían realizarse de manera telemática fracasan por que la conectividad no es buena, por lo que debe recurrirse a “audiencias mixtas”, que requieren presencialidad. El sistema no está preparado para ofrecer la conectividad con la calidad suficiente.

El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, invita a las autoridades a resolver esta cuestión para proteger adecuadamente al funcionariado y la magistratura y a las y los ciudadanos que concurren a los tribunales.

En esta nota se habla de: