El Tribunal fundamentó por qué absolvió a los sospechosos de matar al colectivero en Virrey del Pino

Por "serias irregularidades en la investigación", resumieron en el fallo. ¿Cuál es la hipótesis que el fiscal no habría investigado?

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El tribunal que absolvió el pasado 12 de septiembre a tres hombres acusados de asesinar hace dos años al colectivero de la línea 218 Pablo Flores en La Matanza fundamentó su decisión en las “serias irregularidades en la investigación”, que no permitieron develar el móvil del crimen y profundizar otra pista, debido a que la fiscalía buscó “concluir el caso de un modo rápido y superficial”.

Así lo consideró el Tribunal Oral Criminal (TOC) 5 de ese distrito en los fundamentos del veredicto que absolvió a Oscar Ezequiel Vega, Néstor Fabián Marone y su hijo Adrián Alberto Marone, todos ellos imputados del delito de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego, por ser cometido con el concurso premeditado de más de dos personas y con alevosía”, en perjuicio del colectivero el 1 de octubre de 2020.

En la resolución a la que tuvo acceso Télam, los magistrados dispusieron además “comunicar a la Fiscalía General Departamental en razón de advertirse irregularidades en la investigación” para que proceda según lo que estime que corresponda respecto del instructor de la causa, el fiscal especializado en Homicidios de La Matanza, Federico Medone.

Es que, según fundamentaron los jueces en el fallo del 12 de septiembre último, “las propias víctimas indirectas fueron quienes se preocuparon por tratar de encontrar una explicación a lo ocurrido con Flores, más la Fiscalía se ocupó de concluir el caso de un modo rápido y superficial”.

Pablo Flores con su familia

El crimen

Ese día, el colectivero Flores reemplazaba a un compañero a bordo del interno 75 de la línea 218 de la empresa Almafuerte, cuando dos hombres pararon el transporte en las calles Río Orinoco y Fernández, en Virrey del Pino, partido de La Matanza, y se acercaron por el lado izquierdo de la unidad a la ventanilla del conductor y efectuaron cuatro disparos, tres de los cuales dieron en la cabeza del chofer, que murió en el acto.

A raíz del ataque, el transporte se estrelló contra un árbol y los agresores escaparon en un Peugeot 504 blanco que los esperaba en marcha con un tercer cómplice al volante. Por el hecho, fueron detenidos Vega y los Marone, quienes estuvieron en prisión hasta que finalmente fueron absueltos por el homicidio por el TOC 5 el pasado 12 de septiembre.

A pesar de ello, el tribunal condenó a Néstor Marone a 4 años de cárcel por “tenencia ilegal de arma de guerra”, ya que la pistola Taurus calibre .45 utilizada en el crimen fue hallada en su casa, y actualmente continúa alojado en la Unidad 17 de Urdampilleta.

Fallo absolutorio

En el fallo absolutorio, el juez Eduardo Alberto Sbriz, con la adhesión de los magistrados Matías Mariano Deane y Gabriela Silvia Rizzuto, justificó su decisión al considerar que la pesquisa estuvo basada “únicamente en los dichos de una testigo” a la cual “nunca pudo individualizarse ni mucho menos recepcionarle declaración”.

“La acusación no ha podido acreditar la participación de los encausados en el hecho tal como viene siendo sostenido siquiera en forma indiciaria, ya que lo manifestado por una testigo no individualizada, no pudo ser corroborado por ningún otro elemento probatorio”, precisaron los jueces.

En ese sentido, los magistrados mencionaron la situación de Oscar Ezequiel Vega, sindicado de ser el conductor del vehículo en el cual viajaban los asesinos y para quien el fiscal de juicio Alfredo Luppino había solicitado una condena de prisión perpetua. El Tribunal consideró que su vehículo Peugeot 504 “no coincidía con el que estuvo en el lugar del hecho” ya que era “un modelo anterior”.

En cuanto a la situación de Néstor y Adrián Marone, explicaron que “a pesar de hallarse el arma en el domicilio de uno de ellos, los elementos probatorios no alcanzan para sostener su vinculación en los acontecimientos”. Por otro lado, los jueces hicieron hincapié en que la investigación siempre se basó en los supuestos de los familiares de Flores, quienes sostenían que los atacantes “habían cometido un error” ya que el objetivo era asesinar a otra persona.

Según Sbriz, Deane y Rizzuto, esa situación impidió que “se investigue una amenaza concreta que había sufrido el propio Flores” días antes del hecho, en la cual, a través de un audio, una persona no identificada le decía que iba a “hacerlo mierda” y que “no le costaba nada ir a las once o diez de la noche hasta la loma y romperle la cabeza”.

“Esta última amenaza que emergía del celular de la propia víctima y que tiene muchas coincidencias con lo que finalmente ocurrió, fue descartada sin más. Nada se profundizó con seriedad y agotamiento de todos los elementos posibles para dar con la persona y verificar el posible móvil”, indicaron.

Además, los magistrados sostuvieron que durante el debate “no se pudieron suplir las falencias investigativas del Ministerio Público Fiscal“, lo cual “impidió arribar al grado de certeza que toda condena reclama”. “Debido a las graves anomalías señaladas se dejó sin reparo a las víctimas porque nunca se develó el motivo del homicidio de Flores, ni tampoco se investigó en debida forma para dar con los verdaderos responsables del lamentable evento traído a debate”, opinaron.

Ante la absolución de los únicos tres acusados, la viuda del colectivero, Lorena Cáceres, señaló en diálogo con Télam que quedó “devastada” tras la noticia y que sintió que “asesinaron a Pablo de nuevo”. “Esto no puede quedar así. Hay que seguir investigando. Las pruebas están. Está el arma. Me pareció una cargada y una falta de respeto. También sabemos cómo funciona el sistema y hay que seguirla peleando”, señaló Lorena, quien está representada por el abogado Fernando Soto.

Por lo pronto, los jueces concluyeron el fallo ordenando una nueva investigación para hallar a los autores del crimen de Flores. “La causa se encuentra a disposición del Ministerio Público Fiscal -sin perjuicio de encontrarse digitalizada- para que continúe la investigación a fin de individualizar a los autores del suceso ventilado en el debate”, finalizaron las autoridades judiciales.

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