Condenas de 14 y 10 años de prisión a los responsables de la muerte del niño Tahiel Contreras

El pequeño de seis años murió en septiembre de 2020 como consecuencia de una picada ilegal en Gregorio de Laferrere.

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La Justicia de La Matanza condenó a 14 y 10 años de prisión a los dos responsables por la muerte de Tahiel Contreras, el nene de seis años que murió tras ser atropellado por un auto mientras se encontraba de la mano de sus padres el 13 de septiembre de 2020 en la localidad de Gregorio de Laferrere, en el marco de una picada entre dos autos.

Las penas impuestas por el Tribunal en lo Penal N°4 de La Matanza recayeron sobre Nahuel Olivera, quien recibió diez años de prisión, y Alexis Escribanti, que recibió diez. Además, tendrán seis años de inhabilitación para conducir una vez que recuperen la libertad.

Los jueces determinaron que Olivera fue coautor “penalmente responsable de prueba ilegal de velocidad en concurso real con homicidio simple en concurso ideal con lesiones leves reiteradas”, en el último caso por haber herido al padre del niño.

Por su parte, Escribanti recibió una pena de 10 años y una inhabilitación a conducir por 6 por ser el coautor penalmente responsable del crimen.

En los alegatos, desde la querella habían solicitado 28 años de prisión para los acusados y desde la Fiscalía especializada en Homicidios de La Matanza, 20 años de prisión y seis años de inhabilitación para conducir desde el momento que recuperen su libertad.

No obstante, el abogado de la familia de Tahiel, Alberto Palacio, se mostró conforme con el fallo. “Estamos conformes con haber escuchado un veredicto condenatorio, es importante como acto reparatorio para Noelia y Luciano escuchar la condena de cumplimiento efectivo por los tres delitos a los cuales llegaban a juicio Escribanti y Olivera“, dijo a Télam Palacio, luego de haber escuchado la sentencia junto a los padres del niño.

“No fue un accidente, fue un homicidio”

Por su parte, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Pablo Martínez Carignano, advirtió que se trata de “un fallo proporcional al daño causado”.

“Nada repara el daño ni alivia el dolor de sus papás, pero la Justicia nos dio la razón, llamó a las cosas por su nombre: no fue un accidente, fue un homicidio. Estuvimos siempre con la familia”, resaltó el funcionario.

El caso

La muerte del niño Tahiel Contreras sucedió el 13 de septiembre de 2020 cuando Escribanti manejaba un Volkswagen modelo Vento y Olivera, un Chevrolet Corsa. Los dos responsables de la muerte de Tahiel “decidieron” realizar una picada ilegal, circulando por la ruta a una velocidad “superlativa”, eludiendo a otros autos y “creando una situación de peligro para la vida o integridad física de las personas que transitaban por la vía pública”, según explicó la fiscalía.

Al exceder tanto la velocidad permitida, ambos conductores perdieron el control de sus autos y el Corsa impactó contra un tercer vehículo que circulaba en forma reglamentaria por el carril lento y fue desplazado hacia la vereda, donde impactaron a Luciano Guillermo Contreras, Noelia Abigail Díaz y Tahiel, que esperaban para cruzar para ir a tomar un helado y luego “darle la sorpresa de ir a la plaza -en el marco del aislamiento por la pandemia-“, explicó a Télam la madre del niño fallecido.

Ley Tahiel

La ANSV impulsa en el Congreso la conocida como Ley Tahiel que decreta la figura penal del “homicidio vial” con penas más duras para los responsables de delitos de tránsito, equiparándola a la de “homicidio simple”, que prevé una pena de 8 a 25 años de prisión para quien provoque una muerte corriendo picadas ilegales.

La iniciativa también contempla otros aspectos, como darse a la fuga o no intentar socorrer a la víctima, conducir bajo los efectos de estupefacientes o alcohol, exceder los límites de velocidad permitida, conducir sin la correspondiente habilitación o violar las reglas de tránsito, entre otros.

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