El Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires salió públicamente en defensa de la jueza Marta Elba Pascual, quien suspendió por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en territorio bonaerense. La entidad cuestionó las reacciones de dirigentes y funcionarios políticos contra la magistrada y sostuvo que la intervención judicial no constituye una intromisión sobre el Poder Legislativo, sino parte de las funciones propias de la Justicia.
El pronunciamiento fue difundido este martes, después de que la resolución de Pascual generara una fuerte reacción política. La jueza, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, había hecho lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en representación de adolescentes privados de su libertad. La medida suspendió durante 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la provincia.
La resolución cayó en medio de una fuerte disputa política. Patricia Bullrich cuestionó públicamente a la magistrada y sostuvo que no le correspondía decidir sobre la implementación de la norma; desde La Libertad Avanza bonaerense adelantaron incluso que impulsarían un juicio político. También se sumaron críticas de Mauricio Macri, quien este miércoles calificó como “inaceptable” que una medida cautelar de un juzgado provincial haya impedido la aplicación de una ley nacional y habló de una supuesta alteración del equilibrio entre los poderes.
En ese escenario, el Colegio de Magistrados salió a marcar la cancha.
“No se está discutiendo la ley”
En su comunicado, fechado el 8 de septiembre, la entidad manifestó su “preocupación frente a la reacción de personas con responsabilidades políticas” ante la decisión judicial. Y puso el foco en una cuestión concreta: el planteo judicial no discutió la existencia de la Ley 27.801 ni sus objetivos, sino las condiciones materiales para ponerla efectivamente en funcionamiento.
“Se votó una ley y una organización con experiencia en la materia advirtió que no existen las condiciones infraestructurales y los recursos para aplicarla”, sostuvo el Colegio. La referencia apunta al planteo realizado por una organización con experiencia en el trabajo con adolescentes privados de libertad, que advirtió sobre las condiciones del sistema bonaerense y recurrió a la Justicia para solicitar un plazo de 60 días que permita generar las condiciones necesarias.
El Colegio defendió además la trayectoria de Pascual y destacó que se trata de una magistrada con “indiscutible trayectoria en la materia”. La jueza había fundamentado su decisión justamente en la falta de infraestructura y recursos para afrontar el nuevo escenario. En declaraciones posteriores, sostuvo que el problema no era simplemente la baja de la edad de imputabilidad sino qué respuesta concreta tendrá el Estado frente a los adolescentes que ingresen al sistema penal. “Con esta ley no vamos a crear más seguridad”, afirmó.
El punto que irritó al Gobierno
El tramo más político del comunicado aparece cuando los magistrados responden a quienes presentaron el fallo como una extralimitación judicial. “No se está discutiendo la ley ni sus objetivos, eso corresponde al Poder Legislativo”, señalaron.
Pero inmediatamente después remarcaron: “El Poder Judicial tiene entre sus funciones controlar a los otros poderes”. La entidad recordó además que la provincia tiene una extensa experiencia con leyes que pretendieron implementarse sin contar con los recursos necesarios. Y sostuvo que, frente a ese tipo de situaciones, la intervención judicial forma parte del funcionamiento institucional y no implica que un juez esté legislando.
El mensaje es particularmente significativo porque la discusión ya dejó de estar circunscripta al contenido de la reforma penal juvenil y pasó a involucrar los límites entre los poderes del Estado.
La disputa por los 60 días
La Ley 27.801 comenzó a regir el 5 de septiembre y estableció un nuevo régimen aplicable a adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir los 18. El Gobierno nacional reglamentó la norma mediante el Decreto 875/2026 y designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal.
Dos días después, Pascual suspendió preventivamente su aplicación en la provincia de Buenos Aires por 60 días. La decisión no anuló la ley ni declaró su inconstitucionalidad: estableció una suspensión cautelar mientras continúa la discusión judicial sobre las condiciones en las que el nuevo sistema puede implementarse. Está prevista una audiencia para el 16 de septiembre, en la que las autoridades bonaerenses deberán informar sobre las medidas adoptadas y las previstas para poner en funcionamiento el régimen.
La resolución, además, ya fue apelada por la Fiscalía de Lomas de Zamora. En paralelo, la asociación civil Usina de Justicia denunció penalmente a Pascual por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad, mientras que también comenzaron a aparecer pedidos para avanzar contra la magistrada por la vía del jury.
“Amenazas y agravios”
El cierre del comunicado del Colegio es, probablemente, el dato político más fuerte. La entidad hizo un llamado a los demás poderes del Estado para que recurran a “los mecanismos que contempla la Constitución Nacional” para defender sus posiciones y pidió que se eviten “amenazas y agravios” contra jueces y juezas.
El argumento final es una defensa explícita de la independencia judicial: esas presiones, sostuvo el Colegio, no consiguen “conmover la independencia” de los magistrados que tienen responsabilidades frente a la sociedad.
Así, el conflicto alrededor de la Ley 27.801 suma un nuevo capítulo. Ya no se trata solamente de discutir si corresponde juzgar penalmente desde los 14 años, sino también de quién tiene la última palabra cuando una norma comienza a aplicarse sin que una de las jurisdicciones considere que cuenta con las condiciones materiales para hacerlo.







